Si necesita crear o gestionar su empresa unipersonal en Uruguay, nuestro equipo puede ayudarlo.
Gestionamos todos los trámites de forma fácil y rápida. Nos encargamos de todo el proceso, lo guiaremos y acompañamos en todas las etapas.
Nuestro equipo de contadores y abogados cuenta con la más amplia experiencia en temas Tributarios, Contables y Legales. Podrá delegar todas las formalidades en los expertos y enfocarse en los aspectos comerciales de su emprendimiento.
Las empresas Unipersonales son muy utilizadas por Emprendedores o Pymes, aquí algunas de sus características.
- Se constituye en forma muy rápida
- La inscripción tiene bajos costos
- No existe obligación de constituir un capital mínimo en su inicio
- El giro es muy amplio, podrá realizar casi cualquier actividad
- Es posible acceder a una carga tributaria menor cumpliendo determinadas reglamentaciones
Existen diversos tipos de empresas unipersonales por lo que revisaremos en conjunto las características de su emprendimiento y lo asesoraremos con la mejor opción.
Apertura Empresa Unipersonal
- Asesoramiento legal y tributario
- Inscripción en DGI, BPS, MTSS
Administración Empresarial Literal E
- Liquidación de impuestos
- Declaración Jurada
- Asesoramiento Legal y Tributario personalizado 1 hora al mes
Confección de Certificados de ingresos
¿Qué características tiene una Unipersonal?
- La empresa no posee personería jurídica. La persona física titular de la unipersonal responde ilimitadamente con su patrimonio personal por todas las obligaciones surgidas del emprendimiento.
- En términos generales los aportes son crecientes en función del tipo de unipersonal: Monotributo, Literal E y Régimen General.
- La titularidad de la empresa no se puede transferir.
- Las Unipersonales se constituyen más rápidamente que otro tipo de empresas. Aproximadamente 4 o 5 días laborales. La Inscripción se debe realizar dentro de los 10 días corridos anteriores al inicio o en el día de inicio de actividades.
- Tienen bajo costo de inscripción en organismos públicos
- No tiene vencimientos que delimite su actividad.
- No existe obligación de constituir un capital mínimo en su inicio.
- Tienen una carga tributaria menor cumpliendo determinadas reglamentaciones
- El aporte también varía si se incluye cobertura de Salud (Fonasa) y si en esta cobertura se incluyen cónyuge e hijos.
- Para Literal e y Monotributo existen límites de facturación, esos límites son anuales por lo que un mes la facturación puede ser menor o mayor, basta con cumplir el límite anual de facturación para mantenerse en el régimen elegido.
Existen tres regímenes de empresa Unipersonal en Uruguay.
Monotributo: Es conveniente para microempresarios y pymes que no facturan a empresas, las ventas solo pueden ser a consumidores finales. Está previsto fundamentalmente para feriantes, artesanos, quiosqueros, guías de turismo, profesores particulares con ciertas restricciones, fotógrafos, cuida coches, paseadores de mascotas, etc. Pueden atender en locales comerciales de no más de 15 metros cuadrados. El Monotributo permite unificar los aportes a BPS y a DGI en un solo tributo. De esta manera no tendrás que hacer pagos a DGI, sino solo a BPS. Se estipula una facturación anual máxima de 1.074.998 para el 2024. Se permite tener hasta un empleado.
Empresa Literal E o de IVA mínimo:. El límite de ingresos anuales es de $ 1.791.662 para el 2024. Se permite facturar tanto a empresas como a consumidores finales pero no descuenta IVA ya que se paga un IVA ficto. No existen restricciones para cantidad de empleados ni en la superficie a utilizar para el desarrollo de las tareas. Las obligaciones fiscales incluyen el pago mensual a DGI. Existen exenciones durante los dos primeros años de operación. Las empresas Literal E o de IVA Mínimo por lo general son utilizadas por los trabajadores de aplicaciones de delivery o de aplicaciones de taxi. También se utilizan para emprendimientos que tienen superficies más grandes que 15 metros cuadrados como salones, peluquerías, panaderías, mercerías etc.
Régimen General: Las Unipersonales de Régimen General no tienen límites de facturación. En general son utilizadas por profesionales independientes, personas que dan servicios profesionales a empresas o pequeñas empresas que superan la facturación de Literal E como comercio en general, importadoras etc.
De acuerdo al tipo de actividad de la empresa, se podrá establecer si la empresa Unipersonal pagará IRPF (Impuesto a la Renta de Personas Físicas) o IRAE (Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas), el Impuesto al Patrimonio. La empresa deberá pagar el IVA por su facturación.
Con respecto al IRAE se deberá aportar mensualmente los anticipos. El monto del Impuesto al Patrimonio surge de la declaración jurada al cierre del primer ejercicio económico de la empresa. El IVA se calculará igualmente por la diferencia entre el IVA cobrado por las ventas y el IVA pagado por sus compras.
Sociedad de Hecho
Una forma muy utilizada en la práctica es la constitución sociedad de hecho. Es cuando dos o más personas deciden integrar un capital en común para realizar una actividad determinada y dividir las ganancias y las pérdidas. Este tipo de empresas se pueden constituir bajo régimen de Monotributo, Literal E o Régimen General.
¿Qué se necesita para abrir una empresa Unipersonal?
- Ser mayor de 18 años.
- Usuario de BPS.
- 2 fotocopias de cédula de identidad del titular.
- Constancia de domicilio fiscal: factura reciente (no más de 60 días) de empresas públicas (UTE, ANTEL, OSE)
¿Puedo abrir una Unipersonal para una Obra de Contruccion?
Sí, es posible. El proceso de apertura es similar a otro tipo de unipersonales. Se requieren algunos procesos adicionales para mantener su funcionamiento.
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