Convenio Uruguay y Colombia para Evitar la Doble Imposición

Agreement between Uruguay and Colombia to Avoid Double Taxation

El 23 de septiembre de 2024, el Parlamento de la República Oriental del Uruguay aprobó la Ley N° 20.367. Donde se ratifica el Convenio entre Uruguay y la República de Colombia para eliminar la doble imposición.

En materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, así como para prevenir la evasión y elusión fiscales.

El convenio entrará en vigor una vez que ambos países hayan completado sus respectivos procedimientos legales internos de ratificación.

A partir de ese momento, las disposiciones del convenio comenzarán a aplicarse sobre los impuestos correspondientes a los periodos fiscales futuros.

El principal propósito, es evitar una misma renta o patrimonio sea gravado tanto en Uruguay como en Colombia.

Evitando generar una carga fiscal excesiva para los contribuyentes que tienen operaciones en ambos países.

Esto reduce las barreras fiscales que pueden afectar negativamente a las inversiones y el comercio mutuo.

Al mismo tiempo, el convenio establece mecanismos para combatir prácticas de evasión y elusión fiscal.

Mejorando la transparencia y la cooperación entre ambas administraciones tributarias.

Los puntos clave del acuerdo son los siguientes:
  • Eliminación de la doble imposición:

Los impuestos sobre la renta y el patrimonio que sean gravados en una de las dos jurisdicciones no sean nuevamente gravados en la otra.

Protegiendo a las personas físicas y jurídicas de la doble carga fiscal.

  • Intercambio de información:

Este convenio facilita el intercambio de información entre las administraciones tributarias de ambos países, lo que permitirá una mejor supervisión de los flujos económicos y fiscales transnacionales. La cooperación fiscal será clave para detectar y combatir prácticas de evasión fiscal.

  • Prevención de elusión fiscal:

El acuerdo establece reglas claras para evitar el uso de estructuras fiscales agresivas que busquen evadir el pago de impuestos. Se imponen restricciones al uso de entidades interpuestas y otras estrategias de planificación fiscal que busquen beneficiarse de las diferencias entre los regímenes fiscales de ambos países.

  • Beneficios para empresas e inversores:

Con la eliminación de la doble imposición, las empresas uruguayas y colombianas podrán operar con mayor certeza y previsibilidad fiscal, mejorando las condiciones para la inversión directa entre ambos países. Además, se espera que el convenio fomente un ambiente de negocios más atractivo, ya que se reducirán los costos fiscales relacionados con la inversión internacional.

  • Cláusula de no discriminación:

El convenio asegura que las personas nacionales de uno de los Estados contratantes no serán tratados de manera menos favorable que los nacionales del otro Estado, eliminando barreras discriminatorias en las inversiones y operaciones transnacionales.

 Beneficiarios del Convenio

Este acuerdo beneficiará tanto a personas físicas como a personas jurídicas residentes en Uruguay y Colombia, que desarrollen actividades económicas transfronterizas.

Entre los principales sectores que podrían verse favorecidos están el comercio, la inversión en infraestructura y las finanzas, ya que la eliminación de la doble imposición proporciona incentivos fiscales directos.

El equipo de expertos tributarios de Carlos Picos Consultora puede asesorar a empresas y contribuyentes en general sobre los detalles e implicancias de este convenio. Ayudándolos a optimizar su situación fiscal dentro de este nuevo marco normativo.

Para más información, no dude en contactarnos.

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