Se amplía la prórroga de los beneficios fiscales para la facturación electrónica

Facturación electrónica

El 23 de diciembre, Presidencia anunció la extensión del régimen de beneficios fiscales para los servicios de facturación electrónica. Según el nuevo decreto, publicado el 26 de diciembre en el sitio oficial de Presidencia, el beneficio se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta noticia llega en medio del aumento masivo de usuarios en el sistema, ya que, a partir del 1 de enero de 2025, la facturación electrónica será obligatoria en Uruguay para todas las empresas, trabajadores independientes y profesionales que tributen IVA. Esta iniciativa tiene como objetivo modernizar los procesos fiscales y mejorar la eficiencia en la recaudación impositiva.

Aunque se contemplan algunas excepciones, como los pequeños contribuyentes dedicados exclusivamente a actividades agropecuarias y las empresas Monotributo Social Mides, la gran mayoría de las empresas deberán adaptarse a la nueva normativa.

Un atractivo beneficio fiscal

La Dirección General Impositiva (DGI) implementó un régimen especial para facilitar el acceso a la facturación electrónica a los contribuyentes con menor capacidad económica. Esta medida fue prorrogada hasta el 2025. Entre los beneficios más destacados se incluye un crédito fiscal mensual de 80 Unidades Indexadas (UI) para los servicios básicos de facturación electrónica, equivalente a $493 en 2025 (monto sujeto a confirmación según la cotización UI al 1/1/2025). Estas iniciativas buscan apoyar a las pequeñas empresas y trabajadores independientes en la transición hacia la digitalización fiscal.

Los beneficiarios de este incentivo fiscal incluyen:

  1. Empresas que iniciaron actividades en el ejercicio fiscal correspondiente.
  2. Contribuyentes de pequeña empresa bajo el Literal E.
  3. Empresas con ingresos anuales menores a 750.000 UI en el ejercicio anterior ($4.405.725 en 2024).
¿Quiénes están exceptuados de la facturación electrónica?
  • No están obligados a adherirse a la facturación electrónica los contribuyentes que desarrollen exclusivamente actividades agropecuarias con ingresos inferiores a UI 4.000.000 (unidades indexadas cuatro millones) lo que equivale aproximadamente a USD 580.000 (dólares estadounidenses quinientos ochenta mil).
  • Quienes realicen exclusivamente agregación de valor en construcción sobre bienes inmuebles.
  • Contribuyentes de IRNR
  • Contribuyentes exonerados de impuestos administrados por la DGI (excepto los usuarios de zonas francas)
  • Los contribuyentes del Monotributo, Monotributo Social Mides y Aporte Social Único de PPL que cumplan con los límites de facturación anual para este tipo de empresas.
¿Qué debo hacer para darme de alta en facturación electrónica?

Para darse de alta deberá:

  • Elegir un proveedor de Facturación electrónica*
  • Obtener un Certificado Digital de tu empresa**
  • Contar con Usuario ID Digital***

*Nuestro Estudio trabaja con siguientes Proveedores.

Zureo https://web.zureo.com/ventas/c%C3%B3mo-facturas 

PPSUPPORT  comercial@ppsupport.uy 

 Fixed  info@fixed.uy  

Aunque existen otros y existe libertad en la contratación del proveedor de facturación electrónica.

** Todas las empresas deberán adquirir un certificado digital para poder realizar la facturación electrónica, lo que implica una inversión de $U 5.300 (pesos uruguayos cinco mil trescientos) y tendrá una vigencia de dos años. 

Adicionalmente aquellas empresas que tienen personería jurídica (por ejemplo SAS, SA y SRL) deberán presentar una certificación notarial para acreditar la vigencia de la empresa el cual implica una inversión adicional de $U 4.300 (pesos uruguayos cuatro mil trescientos).

*** Los titulares de unipersonales y monotributos deberán contar con su usuario personal de ID Digital para poder acceder a los Servicios en Línea de la Dirección General Impositiva (requisito para poder iniciar el proceso de facturación electrónica). La mayor parte de nuestros clientes ya cuentan con el mismo.

 ¿Existen beneficios para empresas que se den de alta a la facturación electrónica?

Existen beneficios con descuentos de UI 80 (unidades indexadas ochenta) convertidas al 1º de enero de cada año (el beneficio para el año 2023 asciende a $U448).

  • Aplican a contribuyentes que estén tributando IVA mínimo (Literal E), o
  • Contribuyentes de IVA Servicios personales, IRAE o IMEBA con ingresos anuales, al cierre del ejercicio anterior, inferiores a UI 750.000 (unidades indexadas setecientos cincuenta mil) lo que equivale aproximadamente  a USD 111.850 (dólares estadounidenses ciento once mil ochocientos cincuenta).

El beneficio aplica para servicios contratados entre el 01/11/2019 y el 31/12/2023. Se espera que el gobierno realice una extensión de este beneficio para contrataciones en 2024.

¿Cómo se obtiene el descuento para Facturación Electrónica?

Si se trata de un contribuyente de IVA mínimo (Literal E), el crédito fiscal es computado por el proveedor, que deberá descontar ese importe del precio del servicio.

Los restantes contribuyentes podrán compensar de sus obligaciones como un crédito el importe que les comunique el proveedor. Para ello, incluirán el importe del crédito en su liquidación de impuestos.

Más Información:
  • La resolución completa puede consultarse en la página web de la DGI o en https://www.impo.com.uy/bases/resoluciones-dgi-originales/2548-2023?tipoServicio=11
  • Cualquier duda o consulta adicional, estamos a su disposición para brindarles la asesoría necesaria.

La implementación de la facturación electrónica es parte del proceso de modernización y simplificación fiscal. Estamos comprometidos a apoyarlos en este cambio y asegurarnos de que el proceso sea lo más fluido posible.

Agradecemos su atención y colaboración en este importante proceso de actualización. Quedamos a su disposición para cualquier pregunta o aclaración.
Comuníquese con nosotros para coordinar una consulta online gratuita.

¿Hablamos? 

Info@carlospicos.com 

(598) 9277 2326

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