Obtenga residencia fiscal en Uruguay de forma rápida y segura.
Nuestro equipo de profesionales lo guiará y acompañará en todas las etapas del proceso de solicitud de Residencia Fiscal.
No es necesario ser residente legal o haber tenido vinculaciones anteriores con Uruguay
Nuestros servicios incluyen todas las gestiones ante autoridades uruguayas para acreditar la residencia fiscal. También realizamos asesoramiento y trámites de residencias legales. así como establecimiento de sucursales, oficinas de representación y re-domiciliación de empresas.
Para obtener la residencia fiscal habrá que acreditar solo uno de los siguientes supuestos:
- Permanecer más de 183 días al año en territorio uruguayo.
- Que en Uruguay se perciba el mayor ingreso, respecto al resto del mundo. Comparación que se realiza individualmente y sin tener en cuenta las rentas pasivas (inversiones en bonos o dividendos).
- Que la base de los intereses vitales de la persona se encuentre en Uruguay.
- Acreditar una inversión en inmuebles:
- por 15.000.000 UI (Aproximadamente USD 2.330.000*) sin estadía mínima en el país
- por 3.500.000 UI (Aproximadamente USD 545.000*) con estadía mínima de 60 días en el país en el año calendario
- Acreditar una inversión en emprendimientos productivos, promovidos por la Ley de Promoción de Inversiones:
- por 15.000.000 UI (Aproximadamente USD 2.330.000*) acreditando una estadía mínima de 60 días en el país en el año calendario y generando al menos 15 puestos de trabajo.
- por 45.000.000 UI (Aproximadamente USD 7.000.000*) sin estadía mínima en el país.
Si usted es Argentino y planea radicarse, o ya se encuentra radicado en Uruguay, tenga presente que puede solicitar la baja de su residencia fiscal en Argentina. Podremos ayudarle en esta gestión inmediatamente que obtenga su residencia permanente, o hayan pasado 12 meses desde que emigró fuera de Argentina.
*Valor estimado a la fecha de la publicación.
¿Qué diferencia existe entre Residencia Legal y Residencia Fiscal?
Por lo general ambos están intimamente relacionados, pero no son lo mismo.
Residencia Legal
- Se otorga a las personas que quieran vivir en el país.
- Se obtiene mediante un trámite que se realiza por única vez.
- El trámite se realiza en la Dirección Nacional de Migraciones o en Ministerio de RREE.
Residencia Fiscal
- Establece el régimen territorial al que estará sujeto la persona para el pago de impuestos
- Se acredita todos los años mediante certificado de Residencia Fiscal.
- El trámite se realiza ante DGI
¿Debo hacer una nueva inversión todos los años para obtener la residencia fiscal?
En el caso de optar por la residencia fiscal por inversión, esta debe mantenerse vigente, pero no es necesario reinvertir cada año. Sí se debe cumplir, por ejemplo, con la permanencia mínima de 60 días anuales si aplica esa causal
Deben cumplirse las dos condiciones cada año. La existencia del inmueble por valor de 3.500.000 de UI y la permanencia en Uruguay al menos 60 días en el año calendario.
¿La inversión inmobiliaria debe ser en un solo inmueble o puede ser en varios?
La inversión puede realizarse en uno o más inmuebles, siempre que la suma total supere el mínimo exigido de UI 3.500.000 (aproximadamente USD545.000 en 2025). No se exige que sean propiedades de un solo tipo ni que estén en una misma ubicación.
¿La inversión en inmuebles debe ser residencial o puede ser comercial?
Puede ser residencial, comercial, rural, industrial o mixto. Lo importante es que el inmueble esté ubicado en Uruguay, figure a nombre del solicitante y cumpla con el valor mínimo requerido.
¿Puedo financiar parte del valor del inmueble o debe ser 100% con fondos propios?
Sí, se puede financiar una parte, pero solo se considera como inversión válida el monto efectivamente aportado por el inversor, no el valor total del inmueble. Es decir, el valor neto de lo aportado efectivamente,más la deuda, debe superar el mínimo requerido.
En la obtención de la residencia fiscal por permanencia de 183 días, se cuentan los días corridos o acumulados?
Se cuentan los días acumulados, no necesariamente corridos. Por ejemplo, podés entrar y salir varias veces del país, siempre que la suma total de días de permanencia supere los 183.
¿Qué son las «salidas transitorias» y cómo afectan el conteo de días?
Las salidas transitorias al exterior por hasta 30 días seguidos o alternados se consideran como días de permanencia en Uruguay, si:
El contribuyente mantiene su casa habitación en Uruguay,
Y su vínculo principal con el país no se ha interrumpido.
Por Ejemplo: si está 160 días físicamente en Uruguay y viajá al exterior por 25 días, esos 25 días se suman al conteo y llegá a 185 días.
Esta causal será analizada por las autoridades para su aprobación final.
¿Qué beneficios fiscales obtengo al ser residente fiscal en Uruguay?
Par nuevos residentes fiscales se puede optar por:
- Exoneración por 10 años del IRPF sobre rentas pasivas del exterior (intereses, dividendos y regalías).
- O tributar un IRNR del 7% sobre esas rentas, sin límite de tiempo.
¿Para obtener la residencia fiscal por inversión productiva, puedo contratar personal tercerizado?
Para la residencia fiscal por inversión productiva con empleados, la empresa debe generar al menos 15 empleos directos permanentes en relación de dependencia en Uruguay (no incluye unipersonales ni servicios tercerizados).
¿Uruguay informa automáticamente mi residencia fiscal a otros países?
Uruguay participa del intercambio automático de información financiera (CRS). Por eso, es importante regularizar correctamente el estatus fiscal y documentar la residencia fiscal uruguaya con un Certificado de Residencia Fiscal ante la DGI.
La obtención del certifiado de residencia fiscal tiene varias aristas que deben ser analizadas en cada caso para cumplir con todos los requisitos y asegurar la obtención y la permanencia como residente fiscal uruguayo. Nuestro equipo puede acompañarlo en la planificación. Consulte a nuestros especialistas en tributación para conocer más información.
Obtenga más información sobre el proceso de residencia legal en Uruguay.